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Competencia impone una multa a la SGAE por las tarifas 'abusivas' del 10 % sobre la taquilla de los conciertos

14/11/2014 - NoticiasClave.net

Competencia impone una multa a la SGAE por las tarifas \'abusivas\' del 10 % sobre la taquilla de los conciertos

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha resuelto, después de varias vicisitudes judiciales, el expediente sancionador iniciado a raíz de la denuncia que la Asociación de Promotores Musicales (APM) presentó en 2005 contra la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) por abuso de monopolio y por imponer una tarifa del 10 % considerada abusiva sobre la taquilla de los conciertos en concepto de derechos de autor.

La resolución, notificada este jueves, impone a SGAE una multa de 3.103.196 euros e insta a esta institución a que “cese en su conducta en el plazo de tres meses” y, en el futuro, “se abstenga de cometer prácticas como las sancionadas u otra análogas que puedan obstaculizar la competencia”; y, asimismo, insta a la Dirección de Competencia a vigilar el cumplimiento de la resolución.

La resolución, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, pero es definitiva en vía administrativa y supone un hito en el contencioso iniciado hace nueve años contra la SGAE con el objetivo de que cesara en sus prácticas abusivas en la concesión de licencias de derechos propiedad intelectual para la celebración de conciertos; en particular, la tarifa del 10 % sobre la taquilla.

La denuncia originaria fue sobreseída por el Servicio de Defensa de la Competencia, dicho sobreseimiento fue ratificado por el Tribunal de Defensa de la Competencia (órgano precedente de la actual Comisión Nacional de la Competencia), cuya resolución fue recurrida por APM ante la Audiencia Nacional, la cual dictó el 6 de abril de 2010 una sentencia que dió la razón a APM y fue ratificada por el Tribunal Supremo.

En aplicación de dicha sentencia, la CNC abrió un nuevo expediente sancionador contra la SGAE en abril de 2013, que se ha resuelto de forma favorable a la APM mediante la resolución antes mencionada, fechada el 6 de noviembre de 2014 y notificada este jueves.

DISCONFORMIDAD DE LA SGAE

La SGAE ha emitido un comunicado en el que expresa su "total desacuerdo" con los argumentos esgrimidos por este organismo, cuya decisión no ha sido adoptada unánimemente por el Consejo de la CNMC.

La entidad de gestión se remite a uno de los votos particulares emitidos por un miembro del Consejo de Competencia y señala que, tal como indica, las actuaciones llevadas a cabo en este expediente deben ser declaradas nulas, al carecer su Consejo de facultades resolutorias o de supervisión.

Según la entidad, las tarifas aplicadas por la SGAE para el uso comercial de su repertorio se encuentran en la media de las que se aplican en el resto de países de nuestro entorno como Francia, Italia o Alemania. La Comisión, dice la SGAE, llega sin embargo "a la conclusión contraria, sin haber realizado un estudio comparativo en profundidad de las tarifas aplicables en el resto de países de la UE". La entidad recuerda que ya en 2006 el entonces Tribunal de Defensa de la Competencia no encontró razones que justificasen la denuncia por abuso de posición dominante.

Desde entonces, dice la SGAE, se abrió un periodo de entendimiento tras los cambios internos producidos en el seno de la entidad de gestión de derechos de autor, que ha alcanzado acuerdos con asociaciones representativas de este sector, como A.R.T.E.

Este compromiso "pone de manifiesto el convencimiento de SGAE de que, es en el seno de estas relaciones entre usuarios de derechos y entidades de gestión, dónde deben solucionarse las diferencias que puedan surgir", acuerdos que "sin embargo, han sido obviados por la CNMC en su resolución".

Foto: © Noticias Clave.

 
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