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Los artistas no pueden acceder a la prestación extraordinaria de paro que establece el Real Decreto-ley 17/2020

18/05/2020 - NoticiasClave.net

Los artistas no pueden acceder a la prestación extraordinaria de paro que establece el  Real Decreto-ley 17/2020

El pasado 5 de mayo el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 17/2020 donde se especificaban las Medidas de Apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019.

A priori, el Decreto posibilitaba el acceso extraordinario a la prestación de paro por parte de los artistas siempre y cuando se cumplieran determinadas condiciones o requerimientos.

Ya en su publicación en el BOE el pasado 6 de mayo, se detectaban incongruencias e incoherencias graves que podían hacer inviable la materialización de la prestación, según explica la Academia Catalana de la Música. Ahora, una vez que el SEPE está respondiendo las primeras solicitudes, se confirma que el acceso a la prestación por parte de los artistas a los que en principio iba dirigida, es literalmente imposible,

De entrada, el Decreto exige estar dado de alta en el Régimen General en el momento de presentar la solicitud, o haberlo sido en los últimos 15 días, algo imposible cuando los artistas llevan ya dos meses de inactividad, o bien encontrarse en situación de alta asimilada cuando este procedimiento debe solicitarse dentro del primer trimestre del año conforme a lo establecido por el artículo 249 de la Ley General de la Seguridad Social.

Las solicitudes presentadas por los artistas con el formulario de preinscripción del SEPE, hasta el momento actual, han sido denegadas por entender que las mismas no cumplían los plazos o períodos establecidos. También cabe destacar que en la mayoría de los casos el personal del SEPE y del Inem no tienen constancia ni información sobre la prestación extraordinaria por artistas, hecho absolutamente desolador.

Por otra parte el SEPE establece un plazo de presentación de solicitudes de 15 días desde la publicación de la norma en el BOE, es decir desde el 6 de mayo cuando las instrucciones se han hecho públicas en fecha 14 de mayo.

P.S.- Véase esta rectificación del Gobierno con un nuevo Real Decreto-ley de 27 de mayo.

 
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