Noticias

[ Volver ]

Aprobado el decreto que permite compatibilizar la pensión de jubilación con la actividad artística

23/01/2019 - Agencias/NoticiasClave.net

Aprobado el decreto que permite compatibilizar la pensión de jubilación con la actividad artísticaLa Plataforma Seguir Creando ha reivindicado largamente la compatibilidad de la pensión con la creación remunerada.

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó ayer por unanimidad el decreto ley del Gobierno con medidas de urgencia sobre la creación artística y cinematográfica, entre las cuales destaca que permitirá a los creadores compatibilizar la pensión de jubilación con el cobro de derechos de autor por su obra o su actividad artística. El decreto da seis meses para elaborar y aprobar un reglamento sobre esta compatibilidad.

El reconocimiento de compatibilidad llevará aparejada una cotización de solidaridad del 8 %, que en caso de tratarse de trabajadores por cuenta ajena tendrá a cargo del empresario el 6 % y del trabajador el 2 %. Otra de las medidas es  la bajada del IVA del 21 % al 10 % aplicable a los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores, técnicos que sean personas físicas, a los productores y organizadores de obras y espectáculos culturales.

Igualmente se rebaja del 19 % al 15 % el tipo de retención e ingreso a cuenta del IRPF, aplicable a los rendimientos del capital mobiliario procedentes de la propiedad intelectual cuando el contribuyente no sea el autor. Se equipara, así, este tipo de retención al que tienen los autores.

El decreto elimina las obligaciones incluidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2018 que debían asumir los productores de cine para acogerse a la deducción fiscal por producir cine internacional en España. 

Se añade un artículo en la Ley General de la Seguridad Social, con el que se regula la inactividad de artistas en espectáculos públicos incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social permitiendo su continuidad en sus periodos de inactividad de forma voluntaria, siempre y cuando acrediten, al menos, 20 días en alta con prestación real de servicios en dicha actividad en el año natural anterior. La inclusión deberá solicitarse a la Tesorería General de la Seguridad Social.

También se protegerá la situación de la trabajadora embarazada o en periodo de lactancia natural hasta que el hijo cumpla nueve meses, si no puede seguir realizando la actividad laboral de artista en espectáculos públicos.

El Gobierno deberá tener listo en seis meses otro decreto ley que modifique la regulación de la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos que sustituya a la normativa actual. La Asociación Colegial de Escritores pide al Gobierno la suspensión de las sanciones a jubilados por cobros de derechos

PIDEN QUE SE SUSPENDAN LAS SANCIONES A ESCRITORES

Ayer mismo, el presidente de la Asociación Colegial de Escritores (ACE), Manuel Rico, declaró que su colectivo espera que, ya aprobado el decreto, el Gobierno suspenda las sanciones a escritores jubilados por cobrar sus derechos de autor. 

 
Go to top of page
En cumplimiento con Ley 34/2002 de servicios de la sociedad de la información, te recordamos que al navegar por este sitio estás aceptando el uso de cookies propias y ajenas. Acepto + info